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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
 Caracas,  03 de octubre de 2006
 Años: 196° y 147°
 
 
 Visto el escrito de pruebas presentado en fecha  22 de  septiembre de 2006,  por la abogada IRIS CARRERO CASTRO, venezolana, mayor de este domicilio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°  23.624, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil ADMINISTRADORA ACTUAL C,G, C.A parte actora en el presente procedimiento, respecto a su admisión el Tribunal observa:
 Respecto a las pruebas promovidas en los numerales PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, CUARTO, QUINTO y SEXTO del escrito de promoción de pruebas atinente a documentales el Tribunal por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva.
 LA JUEZ
 LA SECRETARIA
 DRA. MARIA ROSA MARTÍNEZ CATALÁN
 NORKA COBIS RAMÍREZ
 
 
 
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