REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 5 de octubre del año dos mil seis (2006).
Años: 196° y 147°.-
Vista la diligencia que antecede suscrita por la abogada: Vestalia Quiros, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.687, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual consigna los fotostatos del libelo de demanda y su reforma y autos de admisión a los fines de librar las compulsas, y copias de todo el expediente, este Tribunal consignados los fotostatos respectivos, se ordena librar las compulsas de citación a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil.- Así mismo, no consta en autos las copias necesarias para la apertura del cuaderno de medidas, es por lo que insta a la representación judicial de la parte actora, consignar los fotostatos del libelo de demanda, recaudos y libelo de reforma de demanda, una vez conste en autos lo requerido, proveerá lo conducente por auto separado.-
La Juez
Dra. Maria Rosa Martínez C.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez

En esta misma fecha se libraron las compulsas.-
La Secretaria