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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN  JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.  Caracas,  5
 de octubre del año 2006.-
 
 Años 196º y 197º
 
 
 Visto el escrito presentado por los ciudadanos HERNAN JOSE ABREU DIAZ e INGRID YADIRA LIENDO FREITES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-541.097 y V-6.256.104, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado JESUS R. LUNAR MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 13.271, conforme  lo establecido en el artículo 185-A, y por cuanto los solicitantes cumplieron con los requisitos de admisibilidad de la presente solicitud, se admite por cuanto ha lugar en derecho, y se ordena citar al Representante del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, para que comparezca por ante este Tribunal dentro del término de diez  (10) días de despacho, contados a partir de la constancia en autos que de su citación se haga, a fin de que de su opinión en relación al divorcio solicitado, para lo cual se le anexará a la boleta de citación copia certificada del libelo de la demanda y del presente auto, previo el suministro de los fotostátos respectivos mediante diligencia. Líbrese boleta de citación y copias certificadas.-
 LA JUEZ
 
 MARIA ROSA MARTINEZ C.                                                      LA SECRETARIA
 
 NORKA COBIS RAMÍREZ
 
 
 
 
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