JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN L CIVIL MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, 09 de octubre de 2006
196º y 147º
Vista la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN PARTIDA DE NACIMIENTO presentada por el ciudadano CARLOS ALBERTO BARTOLOME BLANCO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V-5.073.631, asistida por la abogada GLADYS DE JESÚS LEZAMA RIVAS, inscrita en el Inpreabogado Nº 16.074, el Tribunal LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, en la cual solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento Nº 314,año 1961, correspondiente al ciudadano CARLOS ALBERTO BARTOLOME BLANCO, inscrita en los Libros de Registro Civil de Nacimiento de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, la cual adolece del siguiente error material: que al indicar el estado civil de su madre ELVIRA AVELINA BLANCO RODRÍGUEZ colocaron CASADA, siendo esto incorrecto por cuanto su estado civil era SOLTERA en el momento de su nacimiento y posteriormente se caso en el año 1967 con el señor JESÚS BARLOLOME ALAMO. Para fines legales probatorios consignó el solicitante: El Acta de Matrimonio de su madre y la Partida de Nacimiento del solicitante. Vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de la Partida de Nacimiento Nº 314 año 1961, este Tribunal en uso de las facultades concedidas por lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma sumaria a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, y al Registrador Principal del Distrito Capital, se sirvan estampar la nota marginal correspondiente y donde se asentó el estado civil de su madre ELVIRA AVELINA BLANCO RODRÍGUEZ, CASADA, siendo esto incorrecto por cuanto lo correcto es: colocar su estado civil SOLTERA, que era en el momento del nacimiento del niño y posteriormente se caso en el año 1967 con el señor JESÚS BARLOLOME ALAMO. Una vez firme dicha sentencia expídase por Secretaría las copias certificadas a los fines de remitirla con oficios a las autoridades competente. Cúmplase.-
El Juez,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZÁLEZ
La Secretaria,
MARÍA GABRIELA HERNÁNDEZ RUZ
En la misma fecha siendo las 11:30 a.m., se publicó y registró la anterior sentencia.-
La Secretaria,
MARÍA GABRIELA HERNÁNDEZ RUZ
LRHG/mireya
Exp. Nº F06-4103
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