REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintisiete (27) de octubre de dos mil seis (2006).-
Años 195º y 147°
Vista la diligencia suscrita en fecha veintiséis (26) de octubre de 2006, por el abogado MÁXIMO SALAZAR INFANTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.756, actuando como apoderado judicial de la parte demandante, mediante la cual solicita se libre cartel de notificación al ciudadano JESÚS DE LA CAL, por cuanto el alguacil de este Tribunal no logró la notificación por Boleta, y en aras de la economía procesal, solicitó se deje sin efecto el cartel de notificación librado en fecha 06 de octubre de 2006 a la ciudadana CLAUDIA DE ARMAS, con el fin de librar un solo cartel para ambos ciudadanos; este Tribunal, acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena se ordena la Notificación de los ciudadanos JESÚS DE LA CAL y CLAUDIA DE ARMAS, mediante cartel publicado en el Diario ULTIMAS NOTICIAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese el correspondiente Cartel.
El Juez,


Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,


Abg. Richars Domingo Mata

VJGJ/RDM/zovig
Exp. N° 8447
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 27 de octubre de 2006
Años 196° Y 147°

CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano JESÚS DE LA CAL QUILEZ, español, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.715.141, a la Sociedad Mercantil INVERSIONES ENDITARSE, C.A. o en su defecto en la persona de cualquiera de sus apoderados judiciales abogados FERMÍN MARCANO, ENEIDA FREITES Y YUDMILLA TORRES, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 37.153, 36.397 y 36.506, respectivamente, parte demandada y a la ciudadana CLAUDIA DE ARMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.337.116 o en su defecto en la persona de su apoderado judicial abogado FERNANDO OVALLES R., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 18.676, tercera adhesiva ; que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se les concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificada de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 13 de enero de 2003; que cursa en el expediente N° 8447, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, sigue en contra de ustedes la SOCIEDAD MERCANTIL VENCEMOS, C.A.-
Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificada y que en todo caso el lapso para interponer algún recurso, comenzará a contarse a partir del vencimiento del lapso para la comparecencia.-

EL JUEZ


Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES


VJGJ/ZOV
Exp: 8447