REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR OCTAVO EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO
CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS
CARACAS, (11) DE OCTUBRE DE 2.006
196º y 147º
Vista la diligencia que antecede, consignada por el abogado JOSE GETULIO SALAVERRIA LANDER, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora BANCO MERCANTIL, C.A. (Banco Universal), mediante la cual consigna documento autenticado ante la Notaría Pública Primera de Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del estado Anzoátegui contentivo del convenimiento celebrado entre las partes intervinientes en el presente juicio mediante sus representantes judiciales, en fecha 14 de Septiembre del presente año, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el convenimiento en los términos en el expuestos así como de las apelaciones ejercidas por los ejecutados y; se ordena la remisión del expediente mediante oficio, al Tribunal de la causa. Expídase copia certificada de dicho convenimiento, así como del presente auto homologatorio.-
EL JUEZ;
EL SECRETARIO;
Dr. ALFREDO JOSE MONTIEL OQUENDO.-
Abg. CESAR ANDRES FARIAS G.-
En la misma fecha, se remitió el presente expediente mediante oficio.-
El Secretario;

Ab. César Farías.-
AJMO/.-
Exp N° 8383.Raúl.-