REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de octubre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: KP02-S-2006- 020307

Visto el ACUERDO suscrito por ante La Fiscal 17° del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, entre los ciudadanos CRUZ ELENA RODRIGUEZ ARRIETA y RICHARD NOEL INFANTE MOLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° V.- 13.188.514 y V.- 7.390.131, respectivamente, de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visitas en beneficio del Niño Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artìculo 65 de la Ley Organica Para la Protecciòn del Niño y del Adolescente, de 01 año de edad, este tribunal le da entrada y la admite y dispone homologarlo en los siguientes términos:

“PRIMERO: el padre compartirá con su hijo, los días miércoles de 04:00 p.m. a 07:00 p.m.; sábados de 5:00 p.m. a 8:00 p.m. además el padre podrá compartir cualquier otro día de la semana con su hijo, previo acuerdo con la madre.
SEGUNDO: Los días festivos de diciembre 24 y 31, el padre compartirá con su hijo desde la 01:00 p.m. hasta las 04:00 p.m.
TERCERO: El día del padre el niño compartirá con este y el de la madre con su progenitora. El cumpleaños del niño compartido previo acuerdo entre los padres.”
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos CRUZ ELENA RODRIGUEZ ARRIETA y RICHARD NOEL INFANTE MOLINA, en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una Sentencia Firme. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los ONCE (11) días del mes de Octubre de dos mil Seis (2.006). Años: 195° y 146°.
La Juez de Juicio



Abg. Lisbeth G. Leal Agüero El Secretario


LLA/ms.-