REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES

En horas de Despacho del día de hoy Lunes 30 de Octubre del Año dos mil seis (2006), se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se constituyo siendo las dos y cincuenta y nueve (2:59. P,M) de tarde en un inmueble ubicado en el Barrio Cantaclaro de esta ciudad de Carora, Municipio Torres, Estado Lara, alinderado de la siguiente manera: Norte, Calle 05, Sur, Casa y Solar de Nilda Herrera, Este, Carrera 04 (Teofilo Carrasco ) y Oeste., Callejón 09, casa sin numero, con la presencia del ciudadano Juez Rafael José Martínez , y el Secretario Abogado Miguel Angel Leon Cariel, a los fines de dar cumplimiento al mandamiento de ejecución enviado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para la practica de la entrega material del inmueble, despacho enviado con ocasión del juicio intentado por la ciudadana: Maritza Maria Sánchez Suárez, asistida en este acto por el Abogado Leopoldo Navas, inscrito en el I.P.S.A, bajo el numero 17.372, contra la ciudadana Ana Teresa Mayora Bello, quien se identifico con la cedula de identidad Nº V- 12.717.375. Al momento de la constitución del Tribunal se encuentra presente en el inmueble la demandada de auto con sus hijos y solicito al Tribunal el tiempo prudencial para retirar sus pertenencias, luego que se le explico el motivo de la misión de Tribunal. Acompañan al Tribunal un funcionario de la Guardia Nacional, Cabo Segundo: José Colmenares, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.960.506. El Tribunal en vista la solicitud de la parte demandada se le concedió el tiempo necesario para retirar los bienes muebles. Después de haber transcurrido tres (03) horas la demandada desalojo el inmueble entregándolo, libre de bienes y de personas. El Tribunal solicito a la parte demandada que firmara el acta a la que se negó. No encontrándose bienes ni personas dentro del inmueble el Tribunal procede a hacer entrega material y formal del inmueble a la ciudadana: Maritza Maria Sánchez Suárez ya identificada quien declara recibido conforme en este acto. No habiendo mas nada que practicar el Tribunal ordena el regreso a su sede natural siendo cuatro y cincuenta ( 4: 50 P.M ) Es todo, termino, se leyo y conforme firman.


EL JUEZ LA DEMANDANTE


ABOGADO ASISTENTE


EL GUARDIA NACIONAL EL SECRETARIO




EXP Nº 742/2006