REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta y uno (31) de octubre de dos mil Seis (2005)
Años 195º y 146º

ASUNTO: KP02-S-2006-22374

Demandante: JOSE MANUEL TERAN TORREALBA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 13.436.050.

Apoderado judicial: IRIS TORREALBA, en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el IPSA bajo el No. 102.783.

Demandado: LACTEOS SANTA BARBARA, C.A., de este domicilio, inscrita en el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara bajo el No. 56, tomo 30-A de fecha 21.07.1997.

Motivo: CALIFICACION DE DESPIDO

Sentencia: INTERLOCUTORIA.

En fecha 19 de Octubre de 2006 se recibió por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CALIFICACION DE DESPIDO presentada por la abogada IRIS TORREALBA, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 102.783, actuando como apoderada judicial del ciudadano JOSE MANUEL TERAN TORREALBA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 13.436.050 procediéndose a su revisión conforme al Artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia éste Tribunal admite la misma en fecha 08 de Agosto del 2006.

Ahora bien, en fecha 26 de Octubre de 2006, compareció ante este Tribunal la abogada IRIS TORREALBA, ya identificada, actuando como apoderada judicial del ciudadano JOSE MANUEL TERAN TORREALBA, ya identificado y expuso mediante diligencia: “…Desisto de la presente solicitud …” Este Tribunal luego de haber visto que el ciudadano JOSE MANUEL TERAN TORREALBA, ya identificada, voluntariamente ha desistido del procedimiento intentado por CALIFICACION DE DESPIDO, acuerda homologar el desistimiento presentado. Así lo declara.

D E C I S I Ó N

En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:

PRIMERO: Desistido el procedimiento de Calificación de despido intentado por JOSE MANUEL TERAN TORREALBA contra LACTEOS SANTA BARBARA, C.A., ambos identificados.

SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, a los treinta y uno (31) días del mes de Octubre del año dos mil Seis (2.006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez,

Abg. José Tomás Alvarez Mendoza

La Secretaria,

Abg. María Kamelia Jiménez
Publicada en su fecha.
La Secretaria