REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 04 de Octubre de 2006.
AÑOS: 195° Y 147°.
ASUNTO: KP02-L-2006-001373
PARTE ACTORA: ROBERTH AMARO, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 11.597.447.
PARTE DEMANDADA: UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO SANTO ANGEL
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: AARON RAFAEL SOTO GARCIA I.P.S.A. N° 23.422
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy 04 de Octubre de 2006, siendo las 10:00 a.m de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo deja expresa constancia que se llama a las puertas del Tribunal a las partes en juicio, haciéndose presente únicamente la parte demandada el abogado AARON RAFAEL SOTO GARCIA I.P.S.A. N° 23.422 en su carácter apoderado judicial; no así la parte demandante ni por sí ni por medio de apoderado alguno que se acreditara la facultad de representación, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.
La Juez,
Abg. Ana Sonia Sanchez Aguirre
La Secretaria,
Abg. Nailyn Rodríguez Castañeda
Parte Demandada
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