REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA

En el día de hoy, cuatro (4) de Octubre del año dos mil seis /2006) constituido como ha sido el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, siendo la una y cuarenta y cinco minutos (1:45 p.m.) de la tarde, se trasladó en compañía de la abogado Magdy Oviedo, titular de la cédula de identidad N° 7.048.147, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.129, parte actora, actuando en su propio nombre y representación, a un inmueble ubicado en el Complejo Residencial Augusto Malavé Villalba, constituido por un apartamento distinguido con el N° 01, módulo o entrada N° 4, Municipio Guacara del Estado Carabobo, jurisdicción de este Juzgado, a los fines de practicar la medida innominada decretada por el comitente, que lo es el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, la cual consiste en autorización para continuar habitando el inmueble en el juicio que sigue en contra de la ciudadana María Teresa Madrid Morales, identificada en autos.- Una vez en el sitio indicado, el Tribunal, dando cumplimiento a la comisión conferida, autoriza legalmente a la ciudadana Magdy Oviedo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.048.147, abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.129, ya su grupo familiar, para que continúen habitando el inmueble objeto de las actuaciones, el cual está conformado por un apartamento distinguido con el N° 01, módulo o entrada N° 4, y que forma parte del Conjunto N° 7, del Complejo Residencial Augusto Malavé Villalba, Población de Guacara, Municipio Guacara del Estado Carabobo, dicho inmueble tiene un área aproximada de cien metros cuadrados (100 mts²), y sus linderos particulares son los gimientes: Noroeste: con fachada noroeste del edificio que da a la zona verde adjunta al estacionamiento; Sur: con fachada sur del edificio que da a la zona verde; Este: con fachada lateral suroeste del edifico N° 03; Suroeste: con fachada lateral suroeste del edificio que da al pasillo de circulación.- Le corresponde un puesto de estacionamiento para estacionar un vehículo con el metraje (cabida) del estacionamiento de trece metros con setenta y cinco centímetros (13,75 mts), igualmente le corresponde un porcentaje de condominio de cero punto cinco mil cuatrocientos cuarenta y cinco milésimas por cientos (0,005445%), y un porcentaje a la alícuota parte del condominio general del complejo de cero ponto setecientos setenta y tres mil milésimas por ciento (0,000773%), según consta de documento protocolizado por ante la Oficina del Registro Inmobiliario de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra del Estado Carabobo, bajo el N° 31, protocolo primero, tomo 38, de fecha, 28 de septiembre de 2004. La presente autorización, según lo ordenado en la comisión tendrá vigencia mientras dure el juicio objeto de la medida.- Se da por terminado el presente acto y cumplida como ha sido su misión, el Tribunal acuerda regresar a su sede habitual, siendo las tres y diez minutos de la tarde del día de hoy.- Es todo.- Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez Provisoria, (fdo.) ilegible. Abg., GISELA C. GIMENEZ. La parte actora, (fdo) Magdy R. Oviedo. El Secretario Temporal, (fdo.) ilegible. Abg. ILICH BETANCOURT NUÑEZ



N° 1.181-06