REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

N°- EXPEDIENTE: GP02-S-2006-000152
DEMANDANTE: FRANKLIN PAEZ SANTANA y FREDDY LEONEL RODRIGUEZ
DEMANDADAS: SIDERURGICA DEL TURBIO, S.A.
MOTIVO: PARO FORZOSO

En el día de hoy, 31 de octubre del año 2006, siendo las 12:00 m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio en virtud de la demanda que por PARO FORZOSO, incoaran los ciudadanos FRANKLIN PAEZ SANTANA y FREDDY LEONEL RODRIGUEZ. Se constituyó el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, presidido por la ciudadana Juez YUDITH SARMIENTO DE FLORES, asistida por la Secretaria Accidental EYLYN RODRÍGUEZ RUGELES-J y el ciudadano Alguacil ROMULO VELASQUEZ, quedando constituido el Tribunal, se deja constancia que el presente acto fue reproducido en forma audiovisual según lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a través de una Cámara Sony, Bien Nacional, aportado por el Tribunal Supremo de Justicia, para luego ser reproducida en un CD y agregado al expediente, conducida por el Técnico Audiovisual RAFAEL SANCHEZ. Se deja constancia que la parte demandada SIDERURGICA DEL TURBIO, S.A., compareció por medio de sus apoderadas judiciales abogadas YSABEL CARVALLO y GISELA BELLO, I.P.S.A N°.- 67.456 y 24.209, respectivamente, y se dejó constancia que el Alguacil efectuó TRES (03) llamados en la Sala de Espera del Circuito Judicial laboral, no encontrándose presente la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que ante la incomparecencia de la parte actora este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, de conformidad con el artículo 151 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.

PUBLIQUESE. REGISTRESE, Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los 31 días del mes de Octubre del año 2006. Año 196° de la Independencia y 147° de la federación.

YUDITH SARMIENTO ROSALES DE FLORES
LA JUEZ
La Secretaria
Amarylis Mieses

En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia siendo la 01:30 p.m
La Secretaria
Amarylis Mieses

EXPEDIENTE N°- GP02-S-2006-000152
YSdF/ Eylyn Rodríguez Rugeles-J