REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Guanare, 27 de Septiembre de 2006
196° y 147°
Visto el acuerdo celebrado entre los ciudadanos LUIS ENRIQUE LEON DELGADO y CARMEN GRAYILET MORA MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 17.618.707 y 15.138.433, respectivamente, por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento del REGIMEN DE VISITA en beneficio del niño xxxxxxxxxxxxxxxxx, de 07 año de edad, consistente en que el padre buscara a su hijo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, todos los días Viernes a la 06:00 de la tarde en la Plaza Bolívar de Guanare Estado Portuguesa y lo regresará a la madre los días próximo Domingo a las 06:00 de la tarde en el mismo lugar y la madre esta obligada a llevarlo y buscar al referido niño en la Plaza Bolívar; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,
Abog. Haydeé Rosa Oberto Yépez
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Exp. Civil N° 7031/Amny.