REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 27 de Septiembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002244
ASUNTO : RP01-P-2006-002244

Vista y analizada la Solicitud de sobreseimiento presentada por la abogada CARMEN ESPERANZA HERNANDEZ, en su carácter de Fiscal Quinta del Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 4°, del Código Orgánico Procesal Penal en la causa seguida en contra la imputada ANDRIBEL CAROLINA RODRIGUEZ, de quién se desconocen mas datos y donde aparece como victima la ciudadana PAOLA PEREZ PORRAS, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 18.212.698, natural de caracas y residenciada en la urbanización la llanada, sector 02, vereda 12, N° 01 de esta ciudad, en investigación iniciada por el delito de Lesiones; este Tribunal y previamente antes de decidir hace las siguientes consideraciones:
I
DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
El presente proceso se inicia en fecha08-04-2005, mediante denuncia interpuesta por la ciudadana Paola Porras, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, en fecha 08-04-2005, la cual cursa al folio 01 de la presente causa. Al folio 5, cursa acta de desistimiento de la denuncia emanada del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Sucre, de fecha 04-01- 2006. Al folio 8, cursa acta policial de fecha 05 de enero de 2006. Cursa al folio 10 acta policial emanada del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Sucre, referida a las diligencias infructuosas tendientes a lograr la identificación del imputado.
II
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Estudiadas como han sido las presentes actuaciones se deja constancia que el hecho investigado en el presente asunto se inicio con ocasión a denuncia interpuesta por la presunta victima, mediante la cual señala que fue victima de lesiones como consecuencia de un mordisco que le fue ocasionado en el mentón: Así las cosas observa este Juzgador que en las actas policiales no cursa examen médico forense donde se demuestre que efectivamente las lesiones denunciadas fueron causados, es decir, la comisión del hecho punible, por lo que se considera procedente la solicitud fiscal de sobreseer la presente causa por cuanto a la presente fecha existe la imposibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, como lo es el examen medico forense que determine la existencia de las lesiones; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.-
III
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA donde aparece como imputada ANDRIBEL CAROLINA RODRIGUEZ, de quién se desconocen mas datos y donde aparece como victima la ciudadana PAOLA PEREZ PORRAS, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 18.212.698, natural de caracas y residenciada en la urbanización la llanada, sector 02, vereda 12, N° 01 de esta ciudad, en investigación iniciada por el delito de Lesiones; todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión conforme a lo establecido en el artículo 175 Ejusdem y remítase las presente actuaciones al Archivo Central en espera de las resultas de las Notificaciones realizadas a las partes y posteriormente a la Unidad de Ejecución en el lapso legal correspondiente.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Abg. SAMER ROMHAIN.
EL SECRETARIO
Abg. CARLOS GONZALEZ.-
Nota.- En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado
EL SECRETARIO
Abg. CARLOS GONZALEZ.-