REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 21 de Septiembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-2002-000033
ASUNTO : RL01-P-2002-000033

Visto los oficios No-677 y 360 de fechas: 16 y 18-09-06 suscrito por el T.S.U LUIS VILLACINDA en su carácter de Director del Internado Judicial de Cumaná, en donde le solicita a este Tribunal Permiso Abierto de traslado para el interno: JULIAN ALEXANDER ANDRADE en virtud de que él mismo será operado en el presente mes y necesita ser trasladado el día que se le fije la fecha de su operación y las veces que se requiera por ocasión de la misma; este Tribunal Segundo de Ejecución, una vez analizado los presentes oficios, sostiene que la salud es un derecho social fundamental que debe ser garantizado por los administradores de justicia como parte del derecho a la vida y más aún en las personas privadas de su libertad, por lo tanto este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Autoriza Permiso Abierto al interno: JULIAN ALEXANDER ANDRADE Titular de la Cédula de Identidad No-19.237.645 para ser trasladado al Centro de Salud las veces que sea requerido por motivo de su operación, debiendo tomar el Director del Internado Judicial de Cumaná, todas las medidas pertinentes de seguridad que requiere el caso y deberá participar a este Tribunal cuando culmina la recuperación del referido, a los fines de liberar el permiso concedido. Líbrese oficio al Internado Judicial de Cumaná.
El Juez Segundo de Ejecución.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
El Secretario.
Abg. Simón Malave.