REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 29 de Septiembre del 2006.
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-1999-000021
ASUNTO : RL01-P-1999-000021

Visto el escrito presentado por el Dr. ALFREDO GERMAN BAPTISTA OVIEDO en su carácter de Juez Tercero de Ejecución de Maracay, Estado Aragua, en el cual le solicita a este tribunal la actualización de los cómputos de pena efectuada al penado: OLIVER RAFAEL RODRIGUEZ RAMIREZ. En consecuencia este Juzgado Segundo de Ejecución, acuerda practicar Nuevo Auto de Computo de Pena Actualizado en los siguientes términos; Definitivamente Firme como ha quedado La Sentencia dictada por la sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia de fecha: 19-12-00, mediante la cual se CONDENÓ al penado: OLIVER RAFAEL RODRIGUEZ RAMIREZ Titular de la Cédula de Identidad Nro.-17.762.909, a cumplir la pena de: DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, hoy 405 del C.P. Ejecútese de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 482 y 484, ejusdem.
PRIMERO: El penado: OLIVER RAFAEL RODRIGUEZ RAMIREZ, está detenido desde el día: 18-10-1.999 hasta el día de hoy 29-09-2.006, fecha en que se realiza el presente computo, tiene una pena física cumplida de: SEIS (6) AÑOS, ONCE (11) MESES Y ONCE (11) DIAS; que sumada a dos Redenciones que tiene, la Primera, de: DIEZ (10) MESES Y TRECE (13) DÍAS de fecha: 06-10-2003, cursante a los folios 89 y 90 de la única pieza del expediente y la Segunda, de: CINCO (5) MESES Y CINCO (5) DÍAS de fecha: 09-08-2004, cursante a los folios 154 y 155 del expediente, totaliza una pena cumplida de: OCHO (8) AÑOS, DOS (2) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS. Le falta por cumplir la pena de: TRES (3) AÑOS, NUEVE (9) MESES Y UN (1) DIA. Siendo la fecha de cumplimiento de pena por parte del penado, el día: 30 de Junio del año: 2010.
En virtud del presente CÓMPUTO, Librase oficio remitiendo Copia Certificada del presente Auto de Computo de Pena Actualizada al Juzgado Tercero de Ejecución de Maracay, Estado Aragua y a la Dirección del Centro Penitenciario de Aragua (Tocorón). Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución del Ministerio Público del Estado Sucre y a la Defensa Pública Penal, Abg. Omaira Centeno. CÚMPLASE.

El Juez Segundo de Ejecución.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.

El Secretario.
Abg. Simón Malave.