REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN
Caracas, 18 de Septiembre de 2006.
196º y 147º.
Vista las actas provenientes de la Unidad de Registro y Distribución de Documentos, relativa al Joven-Adulto IDENTIDAD OMITIDA, nacido en fecha 30/06/1987, de diecinueve (19) años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-18.604.640, incurso en la comisión del delito de VIOLACIÓN, tipificado en el artículo ordinal 1°, constante de la Primera (01) pieza, compuesta por TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO (345) folios útiles, la Segunda (02) Pieza, compuesta por DOSCIENTOS DIECISÉIS (216) folios útiles, la Tercera (03) Pieza, compuesta por DOSCIENTOS VEINTE (220) folios útiles y la Cuarta (04) Pieza, compuesta por OCHENTA Y TRES (83) folios útiles, es por lo que ESTE TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN EN USO DE LAS ATRIBUCIONES LEGALES QUE LE OTORGAN LOS ARTÍCULOS 614 Y 646 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE ACUERDA: PRIMERO; Darle entrada bajo el Nº 06-390 nomenclatura de este Tribunal y conocer de la presente causa. SEGUNDO; Dictar el Auto de Ejecución, por auto separado relativo al Joven-Adulto SALAS MENDOZA LUIS ALBERTO, ante identificado, consistente en las medidas de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de DOS (02) AÑOS y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de DOS (02) AÑOS, de manera sucesiva, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 603, 628, 626 y 622 de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al adolescente. TERCERO: Fijar Audiencia oral y privada para imponer al prenombrado Joven del mencionado Auto de Ejecución, para el día MARTES 10/10/06 a las nueve (9:00 A.M.) horas de la mañana. CUARTO: Oficiar al Jefe de la Policía de Miranda, a fin que designe funcionarios adscritos a ese Cuerpo, que hagan efectiva la entrega de la citación en cuestión en el domicilio del prenombrado joven. QUINTO: Oficiar al Juzgado TERCERO de juicio, a los fines de informarle que este Despacho conoció de la presente causa. NOTIFÍQUESE. -OFÍCIESE. CÚMPLASE.
LA JUEZA
DRA. LIZBETH KARIM LÜDERT SOTO
JUEZ CUARTO DE EJECUCIÓN
SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE.
LA SECRETARIA
ABG. MIRIAN POMBO
En esta misma fecha se dio cumplimiento al contenido del auto.-
LA SECRETARIA
ABG. MIRIAN POMBO
EXP N°: E4-06-390
LKLS/Ley