REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dieciocho (18) de septiembre del año 2006.
Años: 196° y 147°
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada a tal efecto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y tal como lo previene el artículo 937 del Código Procesal Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente sobre las bienhechurías realizadas en un lote de terreno, ubicado en el lugar denominado “Altos de Baruta”, jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, a favor de los ciudadanos JOSEFINA SÁNCHEZ de D´ELIAS, MYLBA DE LOS ANGELES, MARIA THEOLINDA, MANUEL, MINERVA JOSEFINA, MARIO GERMAN y MILAGROS D´ELIAS SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números 271.722, 9.481.814, 5.887.069, 5.976.441, 5.887.065, 9.098.043 y 9.481.815, respectivamente, efectuadas dichas bienhechurías en un terreno de su propiedad, según documento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Segundo Circuito del Distrito Sucre del Estado Miranda, de fecha 20 de septiembre del año 1974, bajo el Nº 51, Tomo: 52, Protocolo Primero.- Déjese copias certificadas de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-Devuélvanse originales con sus resultas al interesado.-
LA JUEZ,
MARIA ROSA MARTINEZ CATALAN. LA SECRETARIA,
NORKA COBIS RAMIREZ.
MRMC/NCR/Rey/ Solic. Nº 10.610
|