REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dieciocho (18) de septiembre del año 2006.
Años 196° y 147°
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada a tal efecto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y tal como lo previene el artículo 937 del Código Procesal Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente sobre las bienhechurías realizadas, sobre un terreno propiedad de LA SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES MOLER, según se evidencia de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Tercer Circuito de Registro Inmobiliario del Municipio Libertador de fecha 24 de noviembre de 1953, anotado bajo el Nº 31, Tomo 32, Protocolo Primero, ubicada en el Barrio Vista Hermosa, Sector Ciudad Tablitas, Casa S/N, Sector Catastral 04 Manzana 84, Parroquia Antimano, Municipio Libertador – Distrito Capital, a favor de la ciudadana LUCIA DEL VALLE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 4.915.955.- Déjese copias certificadas de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-Devuélvanse originales con sus resultas al interesado.-
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
MARIA ROSA MARTINEZ CATALAN
NORKA COBIS RAMIREZ.
Solicitud Nº 10901
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