REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veinticinco (25) de septiembre de dos mil seis (2006).-
Años 196º y 147°
Vista la diligencia suscrita en fecha 21 de septiembre de 2006, por la abogado VERONICA MORENO ALVAREZ, apoderada judicial del BANCO CARACAS, C.A., BANCO UNIVERSAL, mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada Sociedad Mercantil LOS ORUMOS COSNTRUCCIONES, C.A., mediante cartel, en virtud de que el cartel librado en fecha 17 de julio de 2006 no fue publicado ni consignado dentro del lapso establecido en el referido cartel. En consecuencia, ordena la notificación de la Sociedad Mercantil LOS ORUMOS COSNTRUCCIONES, C.A. mediante cartel, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese el correspondiente Cartel y Boleta.-
El Juez,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
El Secretario,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/RM/ZKB
EXP. 8840
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 25 de septiembre de 2006
Años 196° Y 147°
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la SOCIEDAD MERCANTIL LOS ORUMOS CONSTRUCCIONES, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 02 de abril de 1984, bajo el Nº 70, Tomo 4-A, en la persona de su representante legal ciudadano CARLOS A. LLAMOZAS MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.532.521, o en su defecto en la persona de su apoderado judicial abogado JULIO HERRERA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.096, en su carácter de parte demandada en el expediente signado con el Nº 8840, nomenclatura de este Tribunal, contentivo del juicio por EJECUCIÓN DE HIPOTECA sigue en su contra la Sociedad Mercantil BANCO CARACAS, C.A., BANCO UNIVERSAL, este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación en virtud de la sentencia recaída en fecha 16 de marzo de 2006, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, se le concede un lapso de diez (10) días de despacho contado a partir de la publicación que del presente cartel se haga en el diario de circulación nacional “ULTIMAS NOTICIAS”, para que se den por notificados de la mencionada sentencia. Se les advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se les tendrá por notificado de la misma y, en todo caso el lapso para interponer algún recurso comenzará a contarse a partir del vencimiento del lapso señalado para la comparecencia. Igualmente se le advierte a la parte interesada, que deberá publicar y consignar en autos el respectivo cartel, dentro de un lapso de quince (15) días calendarios siguientes a la presente fecha. Vencido dicho lapso sin la consignación del respectivo cartel se tendrá sin ninguna validez.
Dios y Federación
El Juez
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLES JAIMES
VJGJ/ZKB
EXP. 8840