Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial
del Estado Lara
Barquisimeto, 19 de Septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-S-2006-019050
Visto el ACUERDO suscrito por ante la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, entre los ciudadanos NEILA BEATRIZ MUJICA y WEN ALEXANDER MACHADO LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.700.255 y 11.881.477, respectivamente, y de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visitas en beneficio de los niños identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de 11 y 09 años de edad respectivamente, este Tribunal le da entrada y la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia dispone homologarlo en los siguientes términos:

“Primero: el padre compartirá con sus hijos los días Domingo, buscándolos a la 1:00 p.m., y los regresará a las 6:30 p.m. Además el padre compartirá con sus hijos dos días de la semana en horas de la tarde, previo acuerdo con la madre y que no interfiera con sus actividades escolares y extra cátedra.
Segundo: las vacaciones serán compartidas de por mitad entre los padres.
Tercero: los días festivos de Diciembre 24 y 31 serán alternados entre ambos padres.”

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos NEILA BEATRIZ MUJICA y WEN ALEXANDER MACHADO LOPEZ, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de las beneficiarias. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Regístrese y Publíquese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Diecinueve (19) días del mes de Septiembre de dos mil Seis (2.006). Años: 196° y 147°.
El juez de Juicio N° 1
El Secretario
Abog. Nelson Melendez Vargas

Homologación Visitas.-