REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Diecinueve (19) de Septiembre de 2006
Años 196º y 147º
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2005-1661
PARTE ACTORA: JULIO CESAR CASTAÑEDA titular de la Cédula de Identidad Nro.14.696.658.
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: MARIELA FABIOLA POTENZA inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 71.791.
PARTE DEMANDADA: ARFLOCA CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MIGUEL RAFAEL DIAZ SANCHEZ y JHONNY JAVIER VASQUEZ EVIDEZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro. 108.964 y 63.430, en su orden. MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, Diecinueve (19) de Septiembre de 2006 siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 am.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar por la demandada el ciudadano VICTOR MANUEL FLORES titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.027.371, en su carácter de REPRESENTANTE LEGAL y sus abogados apoderados MIGUEL RAFAEL DIAZ SANCHEZ y JHONNY JAVIER VASQUEZ EVIDEZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro. 108.964 y 63.430, en su orden. Dándose así inicio a la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
La Juez

Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
La Secretaria,


Las partes comparecientes Abg. Marielena Pérez Sánchez.-