JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 19 de Septiembre de 2006
196° y 147°

Visto el escrito de fecha 11 de Agosto del presente año, junto con sus anexos, presentado por el ciudadano: FRANK RODOLFO HERNANDEZ DAVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-6.363.425, en su carácter de tenedor por endoso de una (1) Letra de Cambio, asistido en este acto por la abogada MILAGROS BETANCOURT, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 86.918. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley; se ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES. Désele entrada y fórmese expediente, emplácese a la ciudadana: ROSANA YANET SANOJA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª V-9.671.258, domiciliada en: Calle México, Nº. 83-1, parroquia Aguas Calientes, Municipio Diego Ibarra, Mariara estado Carabobo, en su carácter de demandada, para que comparezca por ante este Tribunal ubicado en Barrio EL Carmen, Calle Ayacucho Nº 8, frente a la plaza Bolívar, Mariara estado Carabobo, al SEGUNDO (2do) día de Despacho siguiente a que conste en autos su Citación, en las horas fijadas en la tablilla para Despachar de 08:30 a.m. a 03.30 p.m., a dar CONTESTACION a la demanda por COBRO DE BOLIVARES que le ha incoado por ante este Despacho, el ciudadano: FRANK RODOLFO HERNANDEZ DAVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-6.363.425, asistido por la abogada MILAGROS BETANCOURT, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 86.918. Líbrese la correspondiente compulsa, insertándose el presente auto de Admisión y copia del libelo de la demanda UNA VEZ SEAN SUMINISTRADOS LOS FOTOSTATOS POR LA PARTE INTERESADA. Haciéndosele saber la obligación que tiene de sufragar los emolumentos del Alguacil de este Tribunal, a los fines de la práctica de la citación ordenada, todo de conformidad con el Articulo 12 de la Ley de Arancel Judicial y sentencia Nº 537 de fecha 06 de Julio del 2004, emanada de la Sala Civil del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.. Se designa para la certificación de los fotostatos a la ciudadana GLADYS CRESPO, titular de la Cédula de Identidad N° 4.447.088, en su carácter de Asistente de éste Juzgado, para que conjuntamente con la Secretaria del Tribunal, las firme y certifique en cada una de las páginas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez Titular

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART.
La Secretaria Titular,

Abg. MARIAJOSE BLANCHARD M.

En igual fecha sé le dio entrada bajo el Nº 617-06, se libró Compulsa y se entregaron recaudos al Alguacil Titular de este Despacho.



La Secretaria Titular









EXP: 617-06
ALA/MBM/Gladys