TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 19 de Septiembre de 2006
196º y 147º
Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA DE OBLIGACION ALIMENTARIA y sus recaudos presentados en fecha 18-09-06 por la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando en defensa e interés del (la) (los) Niño (a) (os) y/o Adolescente (s): JEREMY SANTIAGO LOPEZ CASTRO. Désele entrada. Anótese en los libros correspondientes y se admite cuanto ha lugar en derecho. Vista igualmente el Acta Convenio levantada en fecha 28-08-2006 en presencia de la ciudadana Fiscal, suscrita por los ciudadanos AURORA VANESSA CASTRO GIRALDO y DIEGO ANTONIO LOPEZ AVILA, Titulares de las Cédulas de Identidad Nro. V-18.956.811 y V-18.180.990 respectivamente. Revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, esta Juez Unipersonal N° 3 de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia PRIMERO: El Padre, Ciudadano DIEGO ANTONIO LOPEZ AVILA, ofrece aportar semanalmente la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,oo), para un total de CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 160.000,oo) mensuales y cubrirá en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) los gastos de navidad y por motivo de enfermedad. SEGUNDO: La progenitora, Ciudadana AURORA VANESSA CASTRO GIRALDO acepta y conviene en lo anterior e igualmente cubrirá los gastos de navidad y enfermedad en un CINCUENTA POR CIENTO (50%).- CUMPLASE. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente Decisión y entréguese a la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.-
LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION
Dra. MAGALY PEREZ VELASQUEZ
LA SECRETARIA
Abog. ADELA CARRASCO BARRETO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el N° C-35.668.-
LA SECRETARIA
EXP. N° C-35.668.-
MPV/jdp.
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