N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-005185
PARTE ACTORA: ROSMARY OSPINO SARMIENTO
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: VIRGINIA GRATEROL
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES 4847, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JONATHAN VARELA
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, once (11) de abril de 2007, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana ROSMARY OSPINO, titular de la cédula de identidad Nro.- 23.661.998, debidamente representada por la abogada YLENY DURAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 91.732, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, y el abogado JONATHAN VARELA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 118.054, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, quienes han llegado a un acuerdo en los términos siguientes: En este estado toma la palabra el apoderado judicial de la parte demandada y expone: A los fines de dar por terminado el presente procedimiento ofrezco en este acto a la parte actora la cantidad de UN MILLÓN DE BOLÍVARES (Bs. 1.000.000,00), cantidad que se cancela mediante cheque Nro.- 16613649, girado contra el Banco Banesco, de fecha 19 de marzo de 2007, la cual comprende diferencia por concepto de prestaciones sociales, es todo. En este estado toma la palabra la apoderada judicial de la parte actora, quien se encuentra presente en este acto y expone: aceptamos en este acto la cantidad ofrecida a la parte actora y recibimos el cheque antes señalado, es todo. Este Juzgado vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada . Se deja constancia que se hace entrega en este acto de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia.

La Juez

El Secretario
Nereida Hernández González


Nelson Delgado

PARTE ACTORA Y SU APODERADAJUDICIAL

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA