ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2007-000194
PARTE ACTORA: EDER JOSE NIEVA ROMERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: OMAIRA CELESTINA AVILA CARPAVIRE
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy trece (13) de abril de dos mil siete ( 2007) , siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, compareciendo solo la parte demandada a través de su apoderada judicial OMAIRA CELESTINA AVILA CARPAVIRE, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° 4.713.383 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 89.495, carácter que consta de documento poder que se presento en original con copia simple constante de ocho (08) folios útiles que se coteja con su original y se ordena agregar a los autos a los fines legales consiguientes, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 196 °.


La Jueza Titular

La Secretaria

Abg. Judith González

Abg. Migdalia Montilla



La apoderada judicial de la parte demandada