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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de  Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas
 ACTA
 
 N° DE EXPEDIENTE:AP21-S-2007-000787
 PARTE ACTORA:CARLOS PINTO
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
 PARTE DEMANDADA: SERVICIO PAN AMERICANO PROTECCION CA
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YARILLIS VIVAS Y CESAR AELLOS
 MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
 
 
 En el día hábil de hoy treinta (30) de abril de dos mil siete, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecen los abogados  YARILLIS VIVAS Y CESAR AELLOS, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 86.849 y 35.648, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada según instrumento poder original que presenta a effectum videndi constante tres (03) folios útiles los cuales se ordena agregar a los autos; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 197 °.
 
 
 La  Juez
 
 El Secretario
 
 Abog. Geraldine Eugenne Louis Nuñez
 
 Carlos Moreno
 
 
 
 Apoderados Judiciales de la demandada
 
 
 
 
 
 
 
 
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