REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 2
Caracas, doce (12) de abril de dos mil siete
196º y 148º

ASUNTO: AP51-V-2006-013565


Vista el acta suscrita por los ciudadano (...), venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad N° (...), con ocasión del acto conciliatorio fijado por esta Sala de Juicio y en vista del convenio de Régimen de Visitas que han acordado ambos, procediendo en interés y resguardo de los derechos de la niña (...), de cuatro (04) años de edad; este Circuito Judicial Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio N° Dos (02), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha acta en los mismos términos expuestos, dándole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente asunto.
LA JUEZ

DRA. FANNY PLAZA MARTÍNEZ
LA SECRETARIA

SORAYA ANDRADE
FPM/SA/