REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 2
Caracas, trece (13) de abril de dos mil siete
196º y 148º

ASUNTO: AP51-S-2007-005735


Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por la ciudadano (...), venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° (...), en representación legal de su hija (...), de ocho (08) años de edad, quien se encuentra asistida por la ciudadana Damelys Mota, abogada en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 32403, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC a la mencionada niña; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y, visto asimismo el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADORA AD-HOC, hecha por la ciudadana (...), venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° (...), acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADORA AD-HOC de la niña (...). Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZ,

DRA. FANNY PLAZA MARTÍNEZ
LA SECRETARIA

SORAYA ANDRADE

FPM/SA/