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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 EN SU NOMBRE
 Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
 del Área Metropolitana de Caracas.
 Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
 Caracas, 23 de abril de 2007
 Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
 
 Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 16 de abril de 2007, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por el ciudadano JOSE GABRIEL DIAZ en su carácter de Defensor del Niño, Niña y Adolescente N° 149 adscrito a la Defensoría 039 de la Fundación Caracas para los Niños, en el cual remite convenio de Régimen de Visitas celebrado por los ciudadanos JESUS RANSES PEREZ y YRAIDA MARISOL GARCIA, de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. 16.433.576 y 6.453.825, respectivamente, en beneficio del niño (...), de tres (03) años de edad,  y quienes acordaron en el acta convenio de fecha 134 de noviembre de 2006, lo relativo al Régimen de Visitas del niño antes mencionado.
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