Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas diecisiete de abril de dos mil siete
196º y 148º

ASUNTO: AH51-X-2006-000348.

Vista el escrito presentado por la ciudadana YUSBELI ESTRADA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-15.368.255, en fecha 13 de diciembre de 2006, en su carácter de parte accionante en el cuaderno principal de obligación alimentaria signado con el No. AP51-V-2006-005336, por la cual desistió de la acción incoada en contra del ciudadano ARQUIMIDES VARGAS. Este Tribunal Unipersonal No. XII, de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte Homologación a dicho desistimiento, todo de conformidad a lo establecido en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se levanta la Medida Decretada por este despacho en fecha 27 de marzo de 2006, sobre la totalidad de las Prestaciones Sociales que pudieran corresponderle al ciudadano ARQUÍMEDES VARGAS, ya identificado, en consecuencia se ordena oficiar a la Empresa CALZADO ALPINO, C.A. Cúmplase lo ordenado.-
Dada, firmada y sellada en el despacho de la Juez No. XII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas 17 de abril de 2007.- Años 196 de la Independencia y 148 de la Federación.-
La Juez
Sara Guardia Soto La Secretaria
Adriana Mireles.