REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal XIII
Caracas, trece (13) de abril de dos mil siete (2007)
196º y 148º
ASUNTO: AP51-V-2006-002150
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, vista la diligencia que antecede, mediante la cual los ciudadanos ELVIRA PINTO LÓPEZ DE POMARES y ENRIQUE POMARES SANTOS, titulares de las cédulas de identidad Nros 6.851.865 y 3.667.909, debidamente asistidos por la abogada INES VIRGINIA ARANGUREN JIMÉNEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 68.051, desisten del presente procedimiento de Divorcio, esta Sala de Juicio Nº XIII, del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes, dicho desistimiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide. Expídanse por secretaría las copias certificadas del acta convenio, junto con el presente auto, y remítase a la Oficina de Atención al Público. Archívese el expediente.
La Juez,
Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren
La Secretaria Acc,
Abg. Dayana Estaba
Motivo: Divorcio
AP51-V-2006-002150
JQA/lisbetty
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