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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal 33 de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, veintiséis (26)  de abril de dos mil siete (2007)
 197º y 148º
 
 ASUNTO: AP21-L-2007-000986
 
 En horas del día de hoy, 26 de Abril del año 2007 siendo las 9:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar,  acto seguido se anunció dicho acto en la sala de comparecencia de los Juzgados  con las formalidades de Ley,  no compareciendo la  parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno y comparece por la demandada la abogada  Maria Del Carmen López   inscrita en el IPSA bajo el numero 79.492 en su carácter de apoderada  de la parte demandada Compañía Anónima Nacional De Teléfonos de Venezuela ( CANTV), quien consigna copia simple de podes que  acredita su representación en juicio y muestra original a los fines de su certificación por la secretaria del tribunal, en consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora  en el presente juicio   y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Tercero  de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,  dicta seguidamente el dispositivo del fallo, así: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO HABIDO EN EL JUICIO INCOADO POR José Vivas, Juana Zambrano, José Useche  EN CONTRA Compañía Anónima Nacional De Teléfonos de Venezuela ( CANTV),y  así, SE DÁ POR TERMINADO EL PROCESO Y SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. ASÍ SE DECIDE.-
 
 PUBLÍQUESE,  REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
 
 Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Tercero  de Primera Instancia de  Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, 26 de Abril del año 2007. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación
 
 El Juez
 Mónica Quintero
 
 La Secretario
 Sara Delgado
 
 Apoderada de la demandada
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