República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Juzgado Noveno de Primera Instancia en función de Control
Maracaibo
196° y 147°
Maracaibo, 02 de Abril de 2007
Decisión No. 892-07
Causa No 9C-1473-07
Presentación de Imputado (detención)
Oídas las exposiciones de la Representación Fiscal, de la Defensa, de los Imputados y de la víctima, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para decidir hace los pronunciamientos siguientes:
Ha sido recibido el día de hoy, 02 de Abril de 2007 (martes en función de guardia) las presentes actuaciones, procedentes del Departamento de Alguacilazgo, según el Sistema de Distribución de causas, correspondió avocarse esta Juzgadora al conocimiento de la misma acuerda darle entrada y registro en el libro que para tal efecto lleva este Tribunal, quedando signadas bajo el Nº 9C-1473-07.
Ahora bien, revisadas las actuaciones presentadas, este Tribunal observa que el presente proceso trata de la aplicación del Procedimiento Ordinario por cuanto se evidencia que con los elementos de convicción insertos en actas no es posible la formulación del acto conclusivo correspondiente.
CONSIDERACIONES DE HECHO Y DE DERECHO
Del contenido de las actas que integran la presente investigación se desprende que funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Municipio Maracaibo, desarrollaron despliegue de inteligencia en atención a llamada telefónica sobre la ubicación de un ciudadano que portaba un arma de fuego, se entrevisto en el sitio con un ciudadano de nombre LUÍS RAFAEL BOHÓRQUEZ quien manifestó haber sido amenazado de muerte con un arma de fuego por un ciudadano de tez morena, se procedió al patrullaje por los alrededores lográndose observar a un ciudadano con similares características, se precedió seguimiento hasta el patio de una vivienda donde sale una ciudadana de tez blanca con un arma de fuego tipo escopeta de color negro-
A los fines de determinar las resultas de la investigación y esclarecer particulares en torno a los hoy imputados se Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad a la imputada CARMINIA DEL CARMEN TORRES ESCALONA, Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nro. 15.405.226, fecha de nacimiento 30-11-79, de 27 años de edad, casada, de profesión u oficio Del Hogar, hija de los Ciudadanos Blanca Margarita Escalona y José Benjamín Torres, y residenciada en Vía Nasa zona Industrial, Frente al Banco Federal, Granja Auto-Pulilavado la Maquinaria, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, Y LUIS RAFAEL RODRÍGUEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nro. 13.451.257, fecha de nacimiento 17-11-75, de 32 años de edad, casado, de profesión u oficio Carpintero, hijo de los Ciudadanos Riza Josefina Rodríguez y Luis Chourio, y residenciado en Vía Nasa zona Industrial, Frente al Banco Federal, Granja Auto-Pulilavado la Maquinaria, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los numerales 3 y 4, esto es, presentación en la sede del despacho cada treinta (30) días y prohibición de salida de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en tal sentido en aras de garantizar las resultas de la investigación, sin violentar los principios de presunción de inocencia, afirmación de libertad y respeto a la dignidad humana.
Se Acuerda proseguir la presente investigación conforme al Procedimiento ORDINARIO de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal.
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD previstas en los ordinales 3 y 4 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, referida a la presentación de los imputados CARMINIA DEL CARMEN TORRES ESCALONA, Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nro. 15.405.226, fecha de nacimiento 30-11-79, de 27 años de edad, casada, de profesión u oficio Del Hogar, hija de los Ciudadanos Blanca Margarita Escalona y José Benjamín Torres, y residenciada en Vía Nasa zona Industrial, Frente al Banco Federal, Granja Auto-Pulilavado la Maquinaria, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, Y LUIS RAFAEL RODRÍGUEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nro. 13.451.257, fecha de nacimiento 17-11-75, de 32 años de edad, casado, de profesión u oficio Carpintero, hijo de los Ciudadanos Riza Josefina Rodríguez y Luis Chourio, y residenciado en Vía Nasa zona Industrial, Frente al Banco Federal, Granja Auto-Pulilavado la Maquinaria, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, presentación en la sede del despacho cada treinta (30) días y prohibición de salida de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: SE ORDENA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, en la presente causa. TERCERO: Se el texto integro de la decisión dictada bajo el No 892-07 el cual quedo registrado en el Libro de Decisiones Interlocutorias llevado por este Despacho, de lo cual quedan legalmente notificadas todas las partes. Se ofició al Director del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite bajo el No. 1.259-07, se ordeno la apertura de página respectiva en el libro de presentaciones.
LA JUEZA NOVENA DE CONTROL,
MGS. ERIKA MILENA CARROZ PEREA
LA SECRETARIA,
ABG. VERÓNICA VALBUENA
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