REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho de abril de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : AP21-L-2008-000920


Vista la diligencia suscrita por la abogada Nieves Bautista Díaz Durán, actuando en su carácter de apoderada parte actora, mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento incoado contra la empresa "Cooperativa 7021 y como persona natural a la ciudadana EVA ELENA MORENO RODRÍGUEZ", este Juzgado HOMOLOGA el mismo en los términos expuestos, dándole efectos de cosa juzgada. Se ordena el cierre y archivo de la presente causa. Cúmplase.

La Juez

La Secretaria

Abg. Geraldine Eugenne Louis Nuñez


Abg. Diraima Virguez




GL/DV/cs.-