REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho de abril de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : AP21-L-2008-000920
Vista la diligencia suscrita por la abogada Nieves Bautista Díaz Durán, actuando en su carácter de apoderada parte actora, mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento incoado contra la empresa "Cooperativa 7021 y como persona natural a la ciudadana EVA ELENA MORENO RODRÍGUEZ", este Juzgado HOMOLOGA el mismo en los términos expuestos, dándole efectos de cosa juzgada. Se ordena el cierre y archivo de la presente causa. Cúmplase.
La Juez
La Secretaria
Abg. Geraldine Eugenne Louis Nuñez
Abg. Diraima Virguez
GL/DV/cs.-