REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

Visto la diligencia de fecha 11 de Abril de 2008 presentado por abogado Ernesto Antonio Lara Rivas actuando en su carácter de apoderado Judicial del ciudadano Víctor Clemente Roncalli Lugo, el cual solicita que se decrete medida de prohibición de salida del país de la niña SSSSSSSSSS, de seis años de edad, alegando que según existe el temor fundado de que su hija pueda ser sacada del país por la madre de la misma, ciudadano JASSY CAROLINA SOJO PONCE, por cuanto el concubino posee una embarcación en el Poblado de Los Roques para realizar viajes trasatlánticos,