REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, siete (07) de Abril de Dos Mil Ocho (2008)
Años: 197º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-003682

Vista la solicitud presentada por la ciudadana CARMEN ANA PELLECCHIA GALOSSO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.502.125, debidamente asistida por el Abg. CHARLES ALEXANDER SALAZAR JAIMES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.057, así como la aceptación y juramentación hecha por la Curadora Ad-Hoc designada, la ciudadana BARBARA MICHELLE ABATE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.391.920, en beneficio del adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA). Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguense al solicitante. Líbrese lo conducente.-
EL(A) JUEZ(A)


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA,

ABG. KARLA SALAS


YCH/KS/ych.
Motivo: Curatela.
ASUNTO: AP51-S-2008-003682