REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 2 de abril de 2008.
197° y 149°

Por cuanto se observa que, del auto de admisión del recurso de casación ejercido por la representación judicial de la parte demandada y de los terceros apelantes, sólo se colocó como tercero apelante a la COMPAÑÍA ANONIMA INVERSIONES VENEZOLANAS GANADERAS (C.A. INVEGA), siendo lo correcto, que también fungen como terceros apelantes las sociedades mercantiles SEFAL, S.A., y PATRIMONIAL S.R.L.; es por lo que se procede a incluir a estas dos últimas sociedades mercantiles como recurrentes en casación representadas por el abogado Hugo Amaya S., inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.049; Queda subsanada la referida omisión mediante el presente auto y, por cuanto, este Tribunal, por auto de fecha 24 de marzo de 2008, ordenó remitir el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio N° 2008-A-0097, se deja sin efecto el mencionado oficio, y ordena librar un nuevo oficio. Líbrese oficio.
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata.


VJGJ/RM/Marielis
EXP. Nº 8556
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dos (02) de abril de 2008.
AÑOS 197º Y 149º
OFICIO N°. 2008-A-
CIUDADANOS:
PRESIDENTE Y MAGISTRADOS
DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a usted, con objeto de remitirle anexo al presente oficio, expediente N° 8556, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Nulidad de Asamblea sigue Promociones Olimpo C.A., en contra de la Compañía Nacional Anónima de Seguros La Previsora, y como terceros apelantes Compañía Anónima Inversiones Venezolanas Ganaderas (C.A. INVEGA), Sefal, S.A., y Patrimonial S.R.L., en virtud del recurso de casación anunciado por las representaciones judiciales de la parte demandada y de los terceros apelantes, en contra de la sentencia que dictó este Juzgado en fecha siete (07) de noviembre de dos mil siete (2007), constante de cuatro (4) piezas, la primera de quinientos ocho (508) folios útiles, la segunda de cuatrocientos cincuenta y siete (457) folios útiles, la tercera de quinientos veintidós (522) folios útiles y la cuarta de cuatrocientos ochenta y cinco (485) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de la admisión en fecha 24 de marzo de 2008 del recurso de casación.
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
VJGJ/Marielis
EXP N° 8556