REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiocho (28) de abril de dos mil ocho (2008).- Años 197º y 148°

Vistas las actas que conforman el presente expediente, se observa lo siguiente:
En fecha veinticuatro (24) de marzo de 2008, la abogada Jazmine Flowers, apoderada judicial del demandante ciudadano Ramón Guerra Betancourt, consignó diligencia mediante la cual solicitó copias certificadas de ciertas actuaciones procesales.
En fecha veintiséis (26) de marzo de 2008, esta Alzada ordenó expedir las copias certificadas solicitadas por la apoderada judicial de la parte demandante.
De la revisión de dichas actuaciones, se observó que se cometió un error involuntario al no Diarizar la diligencia presentada por la prenombrada apoderada judicial, en consecuencia, se subsana el error y se ordena diarizar por omisión la diligencia de fecha 24 de marzo de 2008, que corre inserto en los folios 73 al 76 del presente expediente signado con el Nº 9539, nomenclatura interna de este Tribunal.
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars Domingo Mata

VJGJ/RDM/zov/Exp. N° 9539