REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiocho (28) de abril de dos mil ocho (2008).-
Años 197º y 148°
Visto el auto dictado por este Tribunal en fecha 21 de abril de 2008 y su respectivo oficio, mediante la cual se remite la presente causa, constante de dos (02) piezas al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se observa que se incurrió en un error involuntario, puesto que el Cuaderno de Medidas ya fue remitido al prenombrado Juzgado de Primera Instancia en fecha 18 de julio de 2007, mediante oficio Nº 2007-A-0349 a los fines de que se sustanciara la medida de secuestro solicitada. En consecuencia, se subsana el error remitiendo solo la pieza principal de la presente causa. Se deja sin efecto el oficio librado en fecha 21 de abril de 2008 y se ordena librar nuevo oficio al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata

VJGJ/RDM/zov
Exp. N° 9623


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintiocho (28) de abril de 2008.
Años 197° y 148°

OFICIO Nº 2008-A-
CIUDADANO:
JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el numero 9623 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue INMOBILIARIA 200555, C.A. en contra de HELIMEDICAL, C.A. constante de una pieza de doscientos ochenta y cuatro (284) folios útiles.-
Remisión que se le hace a usted, en virtud de haberse declarado firme la decisión de fecha 16 de noviembre de 2007.-
EL JUEZ,



Dr. Víctor José González Jaimes




VJGJ/RM/zov
Exp: 9623