REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR MARÍTIMO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR MARITIMO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS. Caracas, veintiuno (21) de abril de 2008.
Años: 198º y 149º
De una revisión exhaustiva realizada a las actas procesales que conforman el presente expediente se observa que por auto de fecha 09 de marzo de 2007 el Juez Titular de esta Alzada se ABOCO al conocimiento del la causa, y por cuanto la misma se encuentra en estado de dictar sentencia, se ordenó notificar a las partes intervinientes de conformidad a lo establecido en los artículos 233, 90 y 14 del Código de Procedimiento Civil, seguidamente en el referido auto fue señalado en su punto CUARTO lo siguiente:
“Una vez que conste en autos la notificación de las partes intervinientes en el proceso y computados que sean los ocho (08) días contínuos correspondientes al término de distancia concedidos a las partes antes señaladas, seguidamente comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho previsto en los artículos 233 y 14 del Código de Procedimiento Civil, para luego, computar el lapso de tres (03) días de despacho para que las partes ejerzan el derecho establecido en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil.”

Por cuanto se evidencia que en la presente causa transcurrieron los lapsos señalados anteriormente es por lo que este Juzgador dando cumplimiento a lo pautado en el punto QUINTO del auto de abocamiento antes mencionado y de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Decreto con Fuerza de Ley de Procedimiento Marítimo, en concatenación con el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se acuerda fijar para el día viernes veinticinco de este mismo mes y año, a las once y media (11:30 a.m.) de la mañana, la celebración de la audiencia oral y pública, en la que este Juzgado oirá las exposiciones de las partes, a fin de darle cumplimiento a la normativa pautada, y luego de la celebración de la misma se dejará transcurrir tres (03) días de despacho para que las partes que hayan asistido al acto, presenten sus conclusiones escritas relativas a la Audiencia Oral y Pública, como es señalado en el referido punto.
EL JUEZ,

FREDDY BELISARIO CAPELLA


LA SECRETARIA,


JENNYFER GORDON SUAREZ

FBC/JGS/mar
Exp.2007-000076
Pieza Principal Nº 3