REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 10 de Abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2007-004814
ASUNTO : KP01-P-2007-004814



Por cuanto fui designada Juez de Primera Instancia en lo Penal cumpliendo funciones en el Tribunal de Control Nº 5 en virtud de la rotación anual de los Jueces Penales del Circuito Judicial Penal del Estado Lara razón por la que me ABOCO al conocimiento de la presente causa a partir del día de hoy 10.04.2008.

Visto el oficio Nº LAR-01-1704-08, presentado ante este Despacho por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público representado por el Abg. JOSE ALBERTO CARRILLO, donde notifica que en fecha 31 de marzo de 2008, se decretó el ARCHIVO FISCAL de conformidad con lo previsto en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano ROBERTO ANTONIO LOPEZ por la presunta comisión de uno de los delito de previsto en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia.

Este Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Lara, ordena el cese de toda medida cautelar decretadas contra el ciudadano ROBERTO ANTONIO LOPEZ

Se ordena remitir las actuaciones a la referida Fiscalia con mención expresa que el Tribunal no dio cumplimiento a la Notificación de las partes como lo establece el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que en las actuaciones no consta dirección alguna de las partes. Regístrese. Cúmplase.

ABG. Alicia Olivares Meléndez .

Juez Quinto en funciones de Control
El Secretario.