REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 25 de Abril de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2008-004683
ASUNTO : KP01-P-2008-004683
Corresponde a este Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal de Estado Lara resolver sobre la solicitud Orden de Arresto Transitorio, en contra del ciudadano JOSE CUPERTINO OLIVERA FANEITES en los siguientes términos:
Visto el escrito presentado por la Fiscal Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en la que solicita a este Tribunal se decrete Orden de Arresto Transitorio en contra del ciudadano JOSE CUPERTINO OLIVERA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad Nº 3.606.069, quien puede ser localizado en Urbanización Guerrera Ana Soto Sector 3 Rancho 313 Barrio El Carmen, a quien la ciudadana RITZAYDES HEVELYN GONZALEZ CHAVEZ mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.031.712 y domiciliada en: URBANIZACION GUERRERA ANA SOTO SECTOR 2 RANCHO 158 BARRIO EL CARMEN del Estado Lara, interpuso denuncia en su contra.
El representante de la Vindicta Pública solicita dicha orden en virtud de que a su criterio se encuentra llenos los requisitos establecidos en el artículo 92 orinal 1° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Ahora bien, por cuanto de la denuncia presentada por la mujer agredida se evidencia la comisión de un hecho punible del previsto en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, tal como lo es el ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZAS Y VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONOMICA y visto que el Ministerio Público dicto medida de protección a favor de la denunciante, imponiéndole obligaciones de no acercarse a la victima. En fecha 21.04.2008 comparece nuevamente a la fiscalía la ciudadana antes mencionada manifestando que dicho ciudadano hizo caso omiso a dichas medidas y que ella teme por su vida.
Vista la gravedad de los hechos denunciado por la victima y por cuanto se le hace necesario prevenir y evitar actos de violencia en contra de la denunciante es por lo que considera procedente y ajustado a derecho DECRETA ORDEN DE ARRESTO TRANSITORIO, por el lapso de CUARENTA Y OCHO (48) HORAS, en contra del ciudadano JOSE CUPERTINO OLIVERA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad Nº 3.606.069, quien puede ser localizado en Urbanización Guerrera Ana Soto Sector 3 Rancho 313 Barrio El Carmen, conforme a lo establecido en los artículos 90 y 92 ordinal 1° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y consecuente Orden de Arresto Transitorio y así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 5 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA ORDEN DE ARRESTO TRANSITORIO DEL AGRESOR, por el lapso de CUARENTA Y OCHO (48) HORAS, al ciudadano JOSE CUPERTINO OLIVERA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad Nº 3.606.069, quien puede ser localizado en Urbanización Guerrera Ana Soto Sector 3 Rancho 313 Barrio El Carmen,conforme a lo establecido en los artículos 90 y 92 ordinal 1° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y consecuente Orden de Arresto Transitorio, conforme a lo establecido conforme a lo establecido en los artículos 90 y 92 ordinal 1° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual deberá cumplir en la COMANDANCIA DE POLICIA DEL ESTADO LARA una vez cumplidas las 48 horas se ORDENA SU INMEDIATA LIBERTAD de lo contrario se considerar privación ilegitima lograda la aprehensión, debiendo ser colocado a la orden del Tribunal una vez ejecutada , Notifíquese a la Fiscalía Novena del Ministerio Público. Cúmplase. Líbrese oficio a la Comandancia General de la Fuerza Armada Policial del Estado Lara. Cúmplase.
La Juez de Control N° 05
La Secretaria
Abg. Alicia Olivares Meléndez
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