REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO NOVENO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 11 de Junio de 2008
Años: 197° y 149°


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2007-004080

Vista la solicitud de entrega de vehículo presentada por la abogada América Pineda Ruiz, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 47.620, este Tribunal de Control No. 9º pasa a decidir en los siguientes términos:

La presente averiguación se inicia en fecha 15 de Abril del 2006 , comparece ante la sede de la Comisaría Policial Nº 20, El ciudadano JULIAN ANDRES LENIS ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.073.078, domiciliado en la Urbanización Los Cardones, Torre B, Apartamento 42, manifestando que el día 15/04/2006 como a las 11:00am se dirigía hasta su casa en un vehículo marca Fiat Uno, Año 1986, Color Gris, Placas XDI-017, Propiedad del ciudadano ARGENIS MACERO BLANCO, ya que se lo prestó porque su vehiculo estaba en reparación y en la altura de la entrada al Ujano había un punto de control de la Policía del Estado Lara y al pasar por este uno de los funcionarios le indica que se orille y exige los documentos personales y del vehiculo, revisan el vehiculo y se dan cuenta que los seriales se encuentran devastados, posteriormente trasladan el vehiculo a la Comisaría Nº20 de Fundalara para las diligencias de rigor y posteriormente sería llevado a el Departamento de Vehículo de la FAP-Lara.


Al folio 15 cursa Inspección Técnica Nº 01223, suscrita por los funcionarios Detective RAMON NAVAS y Agente RAFAEL PERNALETE, adscritos a la Sub-Delegación Estado Lara del Cuerpo De investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a través de la cual dejan constancia de las características del vehículo objeto del presente asunto: vehículo MARCA: FIAT, MODELO: UNO, CLASE AUTOMOVIL, COLOR GRIS, PLACAS IDENTIFICATIVAS XDI-017, al ser inspeccionado en su parte externa se observa su latonería y pintura en mal estado de uso y conservación, sin neumáticos, en su parte interior se observa que su tapicería se encuentra en mal estado de uso y conservación, para el momento de la inspección la luz es natural y clara, el ambiente es fresco.

Cursa al folio 18 Experticia de Reconocimiento Legal, Avalúo Real y constancia de posibles alteraciones Nº 9700-056-097-04-06 de fecha 18 de Abril del 2006, practicada por Expertos adscritos a la Sub-Delegación Lara del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas donde se deja constancia de las siguientes características:
MARCA: FIAT, MODELO: UNO, CLASE AUTOMOVIL, TIPO COUPE, USO PARTICULAR, COLOR GRIS, PLACAS XDI-017, tiene un avalúo de SEIS MIL(6000) BOLIVARES FUERTES.
En la Experticia se concluye:
1- Chapa de Carrocería FALSO.
2- Serial compacto desincorporado, no se reactivo ya que no existe area apta para tal fin
3- Serial de Motor Falso

Al folio 02 cursa providencia administrativa suscrita por el Abg. Javier Enrique Rojas, Fiscal Sexto (E) del Ministerio Público Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 06de junio de 2007, a través de la cual NIEGA la entrega del vehículo, por cuanto dada las condiciones en que se encuentra, ya que los dígitos difieren de los utilizados por la planta ensambladora para tal fin, asimismo se observa sobre la superficie objeto de estudio, marcas de estrías y fricción originadas por un objeto de mayor o igual cohesión molecular (lima o esmeril), con la finalidad de eliminar el serial original y estampar el que porta, el cual es falso.
Tales circunstancias, le indican a este juzgador, que al realizar los diferentes Dictámenes Periciales al vehículo se observa que presenta Chapa de Carrocería FALSO, Serial compacto desincorporado y Serial de Motor Falso, situación esta que determinan la imposibilidad de individualizar el vehículo, aunado a que en fecha 06 de junio de 2007, la Fiscal Sexto (E) del Ministerio Público, emite pronunciamiento a través de Providencia Administrativa, en la que NIEGA la entrega del vehículo.

Por lo cual como se evidencia de las experticias realizadas al vehículo, que sus características son: MARCA: FIAT, MODELO: UNO, CLASE AUTOMOVIL, TIPO COUPE, USO PARTICULAR, COLOR GRIS, PLACAS XDI-017, SERIAL DE MOTOR: 2313642 (FALSO), SERIAL DE CARROCERIA: 78669 (FALSO), SERIAL DE COMPACTO (DESINCORPORADO), siendo procedente negar la solicitud de vehículo realizada por el ciudadano LUÍS ARGENIS MACERO. Así se decide.
Por último, se ordena su remisión a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con el objeto de que culmine la investigación y se cumpla con la notificación de la recuperación del vehículo objeto del presente asunto, tal como lo indica la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor.

DECISIÓN

Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 9 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela ACUERDA: NIEGA LA ENTREGA DEL VEHICULO: MARCA: FIAT, MODELO: UNO, CLASE AUTOMOVIL, TIPO COUPE, USO PARTICULAR, COLOR GRIS, PLACAS XDI-017, SERIAL DE MOTOR: 2313642 (FALSO), SERIAL DE CARROCERIA: 78669 (FALSO), SERIAL DE COMPACTO (DESINCORPORADO), a la ciudadana América Pineda Ruiz, por las razones aducidas anteriormente. Se acuerda remitir en su oportunidad legal las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público del Estado Lara, a los fines legales pertinente, una vez definitivamente firme la presente decisión. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Cúmplase. Líbrense oficios.
ABG. ADELMO ATILIO LEAL ARRIETA.

JUEZ NOVENO EN FUNCIONES DE CONTROL
La secretaria