REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 17 de Abril del 2007
197° y 148°
Asunto: KP01-P-2006-007114
ACTA DE INHIBICION
Por cuanto de la revisión del presente asunto se observa en fecha; 21 de febrero de 2008 se procedió a la realización de la celebración de la audiencia de constitución de tribunal mixto previsto en el articulo 164 del código orgánico procesal penal presidido por este Juzgador, quien actuaba como juez de juicio No 4 , de esta circunscripción Judicial del Estado Lara.
Por otra parte es de señalar que el mismo emitió opinión en relación al Recurso de Revocación interpuesto por el fiscal vigésimo segundo del Ministerio Publico, Abg. William José Guerrero, en fecha; 26-02-2008 cuyo auto de decisión consta al folio ciento ochenta y uno (181) al ciento ochenta y dos (182) inclusive.
Ahora bien, en virtud que se desprende de las presentes actuaciones antes señaladas que este Juzgador, emitió pronunciamiento en base a la decisión objeto de la presente causa, habiéndose ya adelantado opinión en base a la incidencia presentada, estima quien aca decide que lo mas ajustado a derecho es proceder a inhibirme de la presente causal conforme a lo establecido en el articulo 86 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal vigente.. Así se declara.
Asimismo de conformidad a lo establecido en el artículo, 94 de la referida ley, se ordena a los fines de no detener el curso del proceso, pasa inmediatamente las actuaciones al otro Juez de Juicio, a los fines siga conociendo de la presente causa, compulsase lo actuado, Remítase a la Corte de Apelación de este Estado la presente incidencia. Es todo, Remítase, Cúmplase.
EL JUEZ INHIBIDO
ABG. JORGE QUERALES
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