REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 08 de Abril del 2008
197° y |48°

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2004-000105


RESOLUCION DE REVISION DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, conforme a lo establecido en el articulo 256 y 262, ambos del Codigo Organico Procesal Penal.


Corresponde a este Tribunal, revisar la solicitud de la defensa en cuanto a la AMPLIACIÓN DE LA MEDIDA DE PRESENTACION señalada en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, solicitada en un escrito presentado en fecha 31-01-2008 a favor del ciudadano FERNANDO ALBERTO TORREALBA, a tal efecto se observa:
Verificado que la extensión del Régimen de presentación obedece a motivos laborales, ya que según escrito consignado por la defensa del acusado anteriormente identificado en fecha 16-11-2006, en el cual expresa la imposibilidad del acusado de ausentarse de su lugar de trabajo para cumplir con el régimen de presentación acordado, todo lo cual hace procedente la sustitución o cambio de medida solicitada, por el termino de presentación de treinta días.
En consecuencia, Este Tribunal QUINTO de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, Acuerda el otorgamiento de la ampliación del Régimen de Presentación al imputado FERNANDO ALBERTO TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 7.426.203, de QUINCE (15) a TREINTA (30) días. Así mismo, recuerda al imputado el estricto cumplimiento de los lapsos de presentación, ya que el incumplimiento o relajamiento del mismo daría lugar a la REVOCACIÓN de la medida acordada. Notifíquese a las partes. Regístrese. Cúmplase. Y Así Se Decide.

EL JUEZ DE CONTROL N ° 5
ABG. JORGE QUERALES SECRETARIA
ABG. YAZMILA AVERACIERTO