REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 2
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 25 de Abril de 2008
Años: 197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2008-000341
Visto el presente asunto, ME ABOCO al conocimiento del mismo, en ocasión de haberse hecho efectiva la rotación anual de Jueces, de conformidad con lo previsto en las normas de Funcionamiento Interno de este circuito Judicial Penal, y por cuanto consta al folio 477 escrito presentado por familiares del penado CARLOS LUIS COLMENAREZ SUAREZ, identificado con cédula de identidad Nro. 18.655.859 quien se encuentra actualmente recluido en la Comandancia de Policía en esta ciudad de Barquisimeto, sede conocida como la trece, solicitando TRASLADO VOLUNTARIO, para el Internado Judicial de Trujillo, en el Estado Trujillo, por correr grave peligro su vida en los centros de reclusión de Uribana y Yaracuy, y toda vez que de la revisión del Sistema Juris 2000 se evidencia que el penado fue aprehendido, y puesto a la orden del Tribunal de Control No. 9 de este Circuito Judicial Penal, quien le dicto medida cautelar privativa de libertad en el asunto Nro. KP01-p-2008-000341, es por lo que se ORDENA:
1º) DEJAR SIN EFECTO LA ORDEN DE CAPTURA dictada por este tribunal en fecha 27 de Febrero de 2008, 2º) acuerda el traslado del penado al Centro Penitenciario del Estado Trujillo, en aras de garantizar los derechos humanos del penado. 3º) Actualícese el Computo del Penado, a los fines de que este tribunal dicte el correspondiente exhorto para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 481 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese y ofíciese lo conducente a los fines de hacer efectivo el correspondiente traslado del penado. Todo de conformidad con lo previsto en la parte infine del artículo 2gdo. De la Ley de Régimen Penitenciario y el artículo 57 ejusdem. Oficiese lo conducente. Notifíquese de la presente decisión al Tribunal de Control Nro. 9 de este Circuito Judicial Penal indicandose el Nro. Del asunto que se ventila por ante ese tribunal en relaciòn con el penado. Regístrese, publíquese y cúmplase.
La Jueza de Ejecución No.2
Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez
La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
La Secretaria
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