REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION No. 2
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 25 de Abril de 2008
Años: 197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2005-0013410

Visto el presente asunto y revisado como ha sido escrito de la defensa publica, Abogada MARGARITA RODRIGUEZ asistiendo a la penada MILITA PALACIOS CASTILLA, para quien invoca aplicación inmediata de la decisión de la Sala Constitucional de fecha 21-4-08,alegando entre otros aspectos, reforma del auto de ejecución de computo a tenor del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, sin establecer la defensa en forma fundamentada, en que consiste la causa de la reforma, e igualmente solicita se ordene realización de estudios técnicos, este tribunal DECLARA SIN LUGAR POR IMPROCEDENTE la solicitud de la defensa, toda vez que se evidencia de las propias actas, que a la penada se le tramita la conmutación de la pena por confinamiento, estando a la espera de las resultas sobre decisión dictada en fecha 21 de Abril del presente año.
Regístrese, publíquese, notifíquese y cúmplase.
La Jueza de Ejecución No. 2

Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez

La Secretaria
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos


La Secretaria