REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental
Barquisimeto, diez de abril de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: KP02-N-2007-000435


Vista la diligencia presentada en fecha 07/04/2008, por las abogadas LINDA SUAREZ DE MEDINA y DYAMILA MORAURT TORREALBA, abogadas en ejercicio, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 36.223 y 71.544 respectivamente, en su condición de APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE RECURRENTE EL TUNAL C.A., en el presente RECURSO DE NULIDAD interpuesto en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, mediante la cual DESISTEN del presente procedimiento, así como del Amparo Cautelar y la extensión de sus efectos signado como asunto Nº KE01-X-2007-212, los cuales son accesorios a la causa principal, este Tribunal por cuanto observa que los abogados diligenciantes tienen facultad para ello, como consta al poder inserto al presente expediente, y que el presente desistimiento versa sobre derechos y materias disponibles por las partes, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO SOLICITADO, LO PASA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA Y DA POR TERMINADO EL PROCEDIMIENTO ORDENANDO OPORTUNAMENTE EL ARCHIVO DEL PRESENTE ASUNTO, ASÍ COMO DEL CUADERNO SEPARADO SIGNADO CON Nº KE01-X-2007-212. Así se decide, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.



El Juez Titular,


Dr. Freddy Duque Ramírez

La Secretaria,

Abog. Sarah Franco Castellanos

FRD/AnthonyD.