REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2007-020932
El ciudadano JESUS MARIA ALVARDO SILVA y ELIANA MARINA ALVARADO CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.583.515 y 12.592.860, de este domicilio, manifestaron estar separado desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicitan el Divorcio. Acompañaron acta de Matrimonio y acta de nacimiento. Admitida la solicitud el 07-02-2008, se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito en fecha 26-03-2008.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeran el ciudadano JESUS MARIA ALVARDO SILVA y ELIANA MARINA ALVARADO CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.583.515 y 12.592.860, de este domicilio, por ante el PREFECTO DEL MUNICIPIO MORAN DEL ESTADO LARA, en fecha 10 de junio de 1988. De dicha unión matrimonial procrearon una hija la cual es mayor de edad. Ofíciese al Jefe Civil y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los diez días del mes de abril de dos mil ocho.
El JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
Publicada en su fecha a las 9:30 a.m.
HRPB/LAAE/m. Elena.
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